NOVEDADES

 


 

El 1ero de noviembre entra en vigencia la Ley 19.288 de 26 de setiembre de 2014 que establece que las Sociedades Anónimas con participaciones patrimoniales al portador que no identifiquen a sus titulares serán disueltas de pleno derecho.

 


Las Sociedades anónimas que no cumplan antes del 29 de enero de 2015 con informar sobre los titulares que representan al menos el 50 % del capital integrado quedarán disueltas de pleno derecho.

Una vez disueltas, tendrán 120 días para liquidarse. Vencido dicho plazo, las sociedades incumplidoras serán sancionadas con una multa con un monto equivalente al 50 % de los activos propiedad de la Sociedad.

La multa será recaudada por la Auditoría Interna de la Nación con destino a Rentas Generales, teniendo la naturaleza de crédito con privilegio general. La Auditoría Interna de la Nación tendrá acción ejecutiva para el cobro del mismo cuando resulte de resoluciones firmes.

 

Trading Internacional: Exoneración de IRAE

La Ley de Rendición de Cuentas incluyó una modificación en la exoneración de IRAE por las actividades realizadas con relación a las mercaderías que no tengan ni orígen ni destino el Uruguay

Suspensión del Certificado Único para empresas que no hayan cumplido con la Ley 18.930

Tras el reciente comunicado por parte de la Auditoría Interna de la Nación, organismo de control de Uruguay, informando que comunicaría al organismo fiscal uruguayo la nómina de sociedades anónimas al portador que no hubiesen cumplido con la obligación de registrar sus accionistas ante el registro del Banco Central del Uruguay de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.930, la Dirección General Impositiva anunció que se procederá con la suspensión del Certificado de Vigencia Anual de las sociedades anónimas al portador identificadas por la Auditoria Interna de la Nación como incumplidoras de las obligaciones consagradas por la Ley 18.930.

Ley de Responsabilidad Penal del empleador

LEY 19.196 - PROMULGADA POR EL PODER EJECUTIVO

SE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR CUANDO INCUMPLIERE CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Cambios en legislación de Belice

La normativa en lo que respecta a jurisdicciones offshore se encuentra en cambio constante, apuntando siempre a obtener la mayor transparencia posible. En el presente artículo mencionamos y analizamos los cambios que ha tenido Belice en lo que respecta al mantenimiento de registros contables.

Cambios en legislación de jurisdicciones Offshore respecto a acciones al portador

Buscando adecuarse a los requerimientos internacionales en materia de transparencia y en la lucha contra el lavado de activos, en forma reciente varias jurisdicciones offshore han cambiado su normativa en lo que refiere a las sociedades con acciones al portador, ya sea a través de nueva regulaciones que permitan tener un mayor control acerca de quiénes son los accionistas de las sociedades que tienen su capital representado por acciones al portador o directamente eliminando la posibilidad de que las sociedades continúen con el régimen de acciones al portador.

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